Postulación a Práctica Profesional

El sistema de postulación se encuentra habilitado para los candidatos todo el año, y en él los interesados deberán consignar y acompañar todos los antecedentes requeridos en conformidad al Reglamento. Para efectos de realizar las asignaciones, se consideran las inscripciones realizadas hasta el día 20 de cada mes.  Es del caso señalar que, las postulaciones a la práctica profesional de la Región Metropolitana, se exige a los postulantes indicar a lo menos 10 preferencias que sean de interés para el postulante. Con todo tales preferencias no serán vinculantes para la Dirección General, la que podrá asignar en todo caso al postulante a cualquier Unidad Operativa que lo requiera.
  • 1. Certificado de egreso o licenciatura: Documento emitido por la respectiva autoridad universitaria reconocida por el Estado, en el cual se da cuenta que el candidato tiene la calidad de egresado o licenciado de una Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Chilena (no se recepcionarán actas, diplomas o constancias de examen de grado rendido para efectos de postulación).

 

  • 2. Copia de la Cédula de Identidad: Debe encontrarse vigente, sin perjuicio de las eventuales prórrogas otorgadas por la autoridad competente en casos excepcionales.

 

  • 3. Foto carnet: Señalando nombre y RUN.

 

  • 4. Certificado de Reconocimiento (sólo para universidades extranjeras): Acto mediante el cual la Universidad de Chile acepta y certifica que una persona posee un título profesional o un grado académico obtenido en el extranjero. Tratándose de países con convenio, este reconocimiento es realizado mediante acto administrativo por el Ministerio de Relaciones Exteriores o el Ministerio de Educación.

 

  • 5.Certificado de Revalidación (sólo para universidades extranjeras): Corresponde a la certificación de equivalencia del título de abogado obtenido en el extranjero por la Universidad de Chile. La documentación exigida deberá ser adjuntada preferentemente con firma electrónica autorizada, salvo que el original no lo posea.
Inmediatamente de realizada la postulación a la práctica profesional, el Sistema de Gestión enviará un correo electrónico a la casilla de contacto que haya informado el postulante en el sistema, acusando recibo a través de un  número de folio y resumen de la postulación. En caso de no recibir dicha comunicación, y previamente a la verificación de la casilla “spam”, el postulante deberá contactarnos a través del formulario de requerimientos .
Una vez determinado el número de postulantes que cada Centro de Atención e Instituciones en Convenio requerirá sean asignados, estas estadísticas son cruzadas con las postulaciones recibidas para el período, compatibilizando las preferencias señaladas por los postulantes en la su postulación, con el número de vacantes de cada Centro de Atención e Instituciones en Convenio. En virtud de lo establecido en el artículo 3º del Reglamento, se seguirá en las asignaciones el siguiente orden de prelación:
  1. Fecha de inscripción;
  2. Grado Académico de Licenciado;
  3. Repetición de práctica profesional por aplicación de medida disciplinaria de cancelación;
  4. Complemento de práctica profesional por aplicación de medidas disciplinaria de prórroga o suspensión por fuerza mayor o caso fortuito;
  5. Residencia del candidato;
  6. Calidad de egresado.
Se alterará el orden de prelación únicamente cuando el candidato inscrito como egresado, obtenga de manera posterior su grado de licenciado, lo que deberá informar a través del formulario de requerimientos .